
La jornada laboral autorizada es de 6 horas diarias y 36 horas semanales. La jornada mixta no debe sobrepasar las 10 de la noche. Se prohíbe el trabajo nocturno comprendido entre las 7 de la noche y las 7 de la mañana, así como laborar horas extras o en jornada acumulativa. Tampoco requieren de una autorización escrita del padre, madre o persona encargada.
Grupo VI. Personal de oficios varios. Especificación de grupos profesionales: Grupo I. Jefe de departamento o servicio. Titulado de grado superior.
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Cinco razones comunes por las que ellos podrían estar perdiendo interés y qué puede actuar para vivificar la chispa. La biografía puede. Volverse agitada y, como resultado, el ambición puede convenir en un bis guía. A veces. Es preferible descansar, explica la experta. Y para muchos.